Pago de dividendos en acciones liberadas no es una decisión ordinaria del máximo órgano social (11:58 a.m.)
10 de Septiembre de 2018
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Nota:
110243
El pago de dividendos en acciones liberadas de la compañía es una medida excepcional, que requiere la decisión de la asamblea general de accionistas aprobada con el voto favorable del 80 % de la acciones que representen el capital social. De lo contrario, únicamente podrán entregarse acciones a quienes así lo acepten expresamente, indicó la Superintendencia de Sociedades. Así las cosas, el pago de dividendos en acciones no representa una decisión ordinaria del máximo órgano social que pueda adoptarse con la mayoría decisoria prevista en los estatutos, sino que debe sujetarse a lo previsto en el Código de Comercio.
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