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Fijan instrucciones sobre aplicación de nuevas normativas contables para entidades solidarias

20 de Junio de 2017

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La Superintendencia de la Economía Solidaria, por medio de una circular externa, impartió instrucciones a sus vigilados sobre el tratamiento de los resultados acumulados por adopción y aplicación de las Normas de Contabilidad e Información Financiera aceptadas en Colombia, compiladas en el Decreto Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información (Decreto 2420 de 2015) y sus modificatorios.

 

En relación con el tratamiento de los resultados acumulados por adopción por primera vez de la Normas de Información Financiera (Nif) el texto señala que los ajustes resultantes de la adopción de estas disposiciones por primera vez, contenidos en el estado de situación financiera de apertura, se reconocerían directamente en las ganancias acumuladas o si es apropiado en otra categoría dentro del patrimonio. (Lea: ¿Cómo deben tratarse los fondos sociales de las entidades del sector solidario?)

 

En desarrollo de ello, se creó la cuenta ‘Resultados Acumulados por Adopción por Primera Vez’ en el Catálogo Único de Información Financiera con Fines de Supervisión, con el fin de que las entidades vigiladas registraran los ajustes resultantes de la aplicación por primera vez de las Nif. (Lea: Superfinanciera crea catálogo único de información financiera para supervisar convergencia a NIIF)

 

Con base en ello, impartió instrucciones de acuerdo con las siguientes situaciones:

 

  1. Tratamiento del saldo neto positivo en la cuenta de resultados acumulados por adopción por primera vez.

 

  1. Saldo neto negativo en la cuenta de resultados acumulados por adopción por primera vez

 

Periodo de transición

 

Por otra parte, definió el periodo de transición como el año anterior a la aplicación de los nuevos marcos normativos en el cual se debió llevar la contabilidad de acuerdo con la normativa vigente en ese momento y, simultáneamente, obtener información financiera bajo los nuevos marcos normativos. Ello, con el fin de ser utilizada con fines comparativos en los estados financieros resultantes del primer periodo de aplicación, en donde la contabilidad se llevará para todos los efectos de acuerdo con los nuevos marcos normativos.

 

Teniendo en cuenta que los principios para preparar los estados financieros pueden generar resultados diferentes a los obtenidos en los estados financieros aplicando la normativa anterior, la Superintendencia establece varios ajustes a los libros de contabilidad y sobre la diferencia de resultados. Finalmente, explica la responsabilidad de administradores y revisores fiscales. (Lea: Aprobación de cuentas de gestión del representante legal no exonera de responsabilidad al contador)

 

(Supersolidaria, Circular Externa 09, jun. 5/17)

 

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