Mercantil
Destino de la propina se le tendría que informar al cliente
05 de Enero de 2012
Ante las diversas políticas de los establecimientos de comercio sobre la destinación de la propina, lo cual puede influir en la decisión del cliente al momento de entregarla o no, la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) se propone complementar el reglamento aplicable al tema de la propina, consignado en la Circular Única 10 del 2001.
Según un proyecto de norma que dio a conocer ese organismo, los propietarios y administradores de establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas (hoteles, restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, discotecas, cafeterías y similares) deberán informarles a los consumidores sobre la voluntariedad de la propina, su destinación y el derecho que tienen de no pagarla o de modificar su cuantía, cuando sea sugerida.
La información se suministrará a través de avisos fijados a la entrada del establecimiento, con adecuado tamaño y ubicación, de tal forma que sea visible para quienes ingresen, y en las cartas y listas de precios. Los avisos tendrían el siguiente texto:
“ADVERTENCIA PROPINA: Se informa a los consumidores que este establecimiento de comercio sugiere a sus consumidores una propina correspondiente al XX % (indicar el porcentaje que se sugiere) del valor de la cuenta, el cual podrá ser aceptado, rechazado o modificado por usted, de acuerdo con su valoración del servicio prestado. Al momento de solicitar la cuenta, indíquele a la persona que lo atiende si quiere que dicho valor sea o no incluido en la factura o indíquele el valor que quiere dar como propina.
En este establecimiento de comercio los dineros recogidos por concepto de propina se destinan a (indicar si se reparte el 100 % entre los trabajadores del área de servicios o si algún porcentaje o la totalidad de ese dinero se destinan a otros usos diferentes, y en caso de que así sea, indicar su destino).
En caso de que tenga algún inconveniente con el cobro de la propina, comuníquese con la línea de atención de la Superintendencia de Industria y Comercio, para que radique su queja, a los teléfonos: en Bogotá, 5920400 PBX: 5870000 Ext. 1190/1191, para el resto del país, línea gratuita nacional 018000-910165”.
La Superindustria recibirá comentarios y sugerencias sobre esta iniciativa, a más tardar el próximo 10 de enero, a través de su página de internet.
(Superindustria, Proyecto de norma, ene. 4/12)
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