Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Despejan dudas sobre la conexión competitiva en casos de confusión marcaria (9:54 a.m.)

Openx [71](300x120)

107994

18 de Julio de 2018

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Una providencia de la Sección Primera del Consejo de Estado advierte que, salvo la protección especial de que goza una marca notoria, la sola semejanza visual y fonética de dos signos no es suficiente para deducir la confundibilidad de ambos en el mercado. Ello por cuanto en la comparación también debe atenderse la clase de productos que se busca distinguir con cada uno de ellos, como lo ha advertido el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, al decir que “al no existir conexión entre los productos o servicios que protegen las marcas, la similitud de los signos no impediría el registro de la marca que se solicite, por ello han de considerarse, igualmente, los criterios que permiten establecer la posible conexión competitiva existente entre los productos amparados por las mismas”, finaliza la providencia (C.P. Roberto Augusto Serrato).

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)