Derecho de retiro no se puede ejercer libremente sobre acciones gravadas con prenda (9:34 a.m.)
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31 de Mayo de 2018
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El ejercicio del derecho de retiro no suspende los derechos de terceros, por lo que tratándose de acciones pignoradas surge la aplicación del artículo 403 del Código de Comercio. Así las cosas, indicó la Superintendencia de Sociedades, no es procedente ejercer libremente el derecho de retiro sobre acciones gravadas con prenda, pues el mismo implica en últimas transferencia a los otros socios, a la sociedad o su cancelación y rembolso de aportes, por lo que será preciso obtener autorización del acreedor. En este caso, agregó, sería pertinente que el titular sustituya la garantía de la deuda correspondiente, para obtener el levantamiento de la prenda y poder ejercer libremente el derecho en mención.
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