Cuotas de sostenimiento no responden a los fines generales del contrato social (11:10 a.m.)
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08 de Febrero de 2019
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Las cuotas de sostenimiento exigidas a los socios no son de la esencia ni de la naturaleza del contrato social y tampoco responden a sus fines generales. Por lo tanto, recordó la Superintendencia de Sociedades, una sociedad anónima no puede obligar a sus socios a aportar o cancelar valores adicionales a aquellos que hacen parte del capital suscrito y pagado. De otra parte, indicó, no es viable establecer causales estatutarias de exclusión en una sociedad anónima, pues independientemente de la autonomía de la voluntad privada las cláusulas de esta índole no resultan compatibles con la naturaleza del tipo social.
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