15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Causal de disolución por imposibilidad de ejercer objeto social no aplica si recae solo sobre el negocio principal (3:40 p.m.)

19 de Junio de 2019

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Nota:
111260
La causal de disolución prevista en el numeral 2º  del artículo 218 del Código de Comercio, relacionada con la imposibilidad de desarrollar la empresa social por terminación de la misma o por la extinción de la cosa o cosas cuya explotación constituye su objeto, no opera cuando la imposibilidad solo recae sobre el negocio principal de la compañía. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Sociedades, en aquellas empresas cuyo objeto social es múltiple la sociedad solo quedaría exenta de desarrollar dicho objeto, pero podría explotar dentro de su negocio las demás actividades que no estén afectadas por la extinción de la cosa con la cual se explota el objeto social. 

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