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Mercantil


Bancos deben conservar soportes de consignaciones durante cinco años y garantizar su reproducción

La información debe estar disponible en el momento y en el formato que se requiera, al igual que los recursos necesarios para su uso.
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26 de Junio de 2013

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El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero señala que las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deben mantener y conservar los libros y papeles relacionados con su actividad por el término de cinco años, desde el último asiento.

 

Así mismo, para efectos de destrucción, la norma exige garantizar su reproducción exacta, sin hacer distinciones en cuanto a soportes.

 

Por lo tanto, a las consignaciones, soportes cuya finalidad es documentar acerca de los depósitos realizados por los clientes, se les debe aplicar la norma, indicó la entidad.

 

En este sentido, la superintendencia recordó que la información debe estar disponible en el momento y en el formato que se requiera, al igual que los recursos necesarios para su uso.

 

(Superintendencia Financiera, Concepto 2013018316, abr. 22/13)

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