JUECES: Esta obligación fiduciaria debe ser sometida a la justicia arbitral (11:03 a.m.)
03 de Mayo de 2018
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Nota:
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El Consejo de Estado, a través de reciente fallo, concluyó que la controversia por una supuesta deuda que mantiene el liquidado Banco del Estado con el Fideicomiso ADM – Capital Center II por $ casi 600 millones debe ser resuelta por un tribunal de arbitramento. En efecto, la Sección Quinta determinó que el contrato privado al que está sujeta esta obligación fiduciaria establece que toda controversia entre las partes debe ser sometida a la justicia arbitral. Lo anterior dado que cuando la cláusula vincula a una entidad estatal el juez administrativo no tiene competencia para resolver el litigio, sentenció la alta corte. El Banco Uconal hacía parte de un fideicomiso conformado para la creación de la Alianza Fiduciaria S. A., que incluía la titularidad de un lote con miras al desarrollo de un proyecto inmobiliario en `Ciudad Salitre’, en Bogotá, frente al cual cada una de las partes estaba comprometida a aportar $ 530 millones. Teniendo en cuenta que Uconal había sido absorbido por el Banco del Estado en liquidación, explica el fallo, el Fideicomiso ADM – Capital Center II le exigió a esta entidad el pago de los intereses del aporte. Debido a que la liquidadora del banco expidió dos resoluciones en las que negó la existencia de la deuda, el Fideicomiso interpuso una demanda ante la justicia administrativa, pero la corporación judicial determinó que el caso debía ser resuelto por un tribunal de arbitramento (C. P. Carlos Enrique Moreno Rubio).
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