Mercantil
Transacciones con tarjetas débito no requieren presentación del documento de identidad
No es necesario porque en estas compras se debe digitar una clave. Por el contrario, en las operaciones realizadas con tarjeta de crédito sí es necesario presentar la cédula
30 de Junio de 2016
La Circular Externa 29 del 2014, por la cual fue reexpedida la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera, no establece como requisito esencial para realizar transacciones con tarjeta débito la presentación de la cédula de ciudadanía, en la medida en que para la utilización de este instrumento es necesario digitar la clave o el PIN que permite verificar los datos del titular.
Por el contrario, las operaciones realizadas con tarjeta de crédito, entre las cuales están las realizadas en establecimientos de comercio, no exigen clave o PIN para su perfeccionamiento, pero sí la presentación de documento de identidad del cliente.
Si bien los establecimientos de comercio no son vigilados por la entidad, en los convenios suscritos debe estar la exigencia de verificar la firma y requerir la presentación de la cédula frente a las compras realizadas con tarjeta de crédito.
No obstante, estos podrán implementar los mecanismos y controles internos adicionales que consideren necesarios para conferir mayor seguridad a las transacciones.
Superfinanciera, Concepto 39922, Jun. 29/16
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