Superfinanciera hace ajustes normativos al régimen de encaje de los establecimientos de crédito
27 de Noviembre de 2020
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Nota:
119896
El Banco de la República, mediante Resolución Externa 20, del 31 de julio del 2020, expidió normas sobre el régimen de encaje de los establecimientos de crédito. Con base en la disposición mencionada, la Superintendencia Financiera modificó la proforma e instructivo del formato 443 “Declaración del encaje en moneda legal” (F.1000-119) y la proforma e instructivo del formato 460 “Declaración de las inversiones obligatorias en títulos de desarrollo agropecuario – TDA” (F.1000-127). Para asegurar la correcta transmisión de la información, las entidades deben realizar pruebas obligatorias entre el 30 de noviembre y el 4 de diciembre del 2020 del Formato 443, con el periodo de encaje requerido del 23 de septiembre hasta el 6 de octubre del 2020 y el periodo disponible entre el 14 y 27 de octubre del 2020, y del Formato 460 con el corte de junio del 2020.
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