Sentencia Superindustria y ComercioLa sola expresión ‘negada’ no permite afirmar que una transacción con tarjeta débito fue rechazada (3:30 p.m.)
20 de Noviembre de 2018
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Nota:
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La sola expresión “negada” no permite dar por cierto que el estado de una transacción con tarjeta débito fue rechazada y, por ende, que se niegue la garantía, sino que es necesario un análisis técnico, juicioso y detallado sobre la ocurrencia de una causal que exonere de responsabilidad y libere al productor y/o proveedor de cumplir con la misma, en los términos del artículo 16 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. En el caso bajo análisis, si bien la sociedad demandada indicó que la transacción fue negada y aportó un documento, el demandante también aportó una prueba del débito que se realizó desde su cuenta a favor de la demandada. La entidad recordó que las normas deben interpretarse en la forma más favorable al consumidor, así como la resolución de dudas.
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