Sentencia SuperfinancieraAbonos extraordinarios a un crédito se deben aplicar a reducción de plazo o cuota, según elección del deudor (9:41 a.m.)
15 de Agosto de 2018
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Nota:
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Teniendo en cuenta que legalmente los créditos pueden prepagarse total o parcialmente sin castigo y que, en caso de pago parcial, el deudor tiene derecho a elegir si el monto abonado disminuye el valor de la cuota o el plazo de la obligación, la entidad crediticia debe actualizar la proyección de las cuotas y su correspondiente distribución, precisó la Superintendencia Financiera. En el caso bajo análisis se cuestionó la liquidación del crédito hipotecario que efectuó el banco demandando, pues según la demandante (consumidora) no atendió sus requerimientos de aplicar los abonos extraordinarios y reducir el plazo pactado. De acuerdo con el material probatorio, el banco no aplicó los abonos adicionales al crédito de la manera escogida por la deudora, por lo que se le condenó a acatarla.Nota: Este archivo es de gran tamaño, su descarga puede tardar dependiendo de la velocidad de su conexión a internet.
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