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Regulan control al manejo de dinero en efectivo de miembros de grupos delictivos a quienes les sea otorgada libertad condicional (3:59 p.m.)

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27 de Septiembre de 2018

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A través de la Resolución 0201 del 2018, la Unidad de Información y Análisis Financiero da cumplimiento al parágrafo del artículo 30-A de la Ley 1908 del 2018 (Ley de sometimiento de organizaciones criminales). En esa medida, la entidad determinó las especificaciones y demás condiciones técnicas que regularán el registro de la información para hacer control al manejo de dinero en efectivo de los miembros de los grupos delictivos organizados (GDO) y grupos armados organizados (GAO) a quienes les sean otorgadas libertad condicional o cualquier mecanismo sus­titutivo de la pena privativa de la libertad por la comisión de unos delitos espe­cificados en la norma antes citada. Para los anteriores efectos, la UIAF adoptó la tabla, la cual contiene los campos a diligenciar con la información señalada. Una vez la cuenta bancaria, así como los bienes y patrimonio del condenado, sean informados al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad conforme a la plantilla diseñada, este funcionario deberá enviarla a la cuenta de correo electrónico ley1908@uiaf.gov.co, desde la cuenta de correo electrónico del juzgado, el cual debe tener el dominio @cendoj.ramajudicial.gov.co.

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