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Recuerdan reglas para reconocimiento de costos y deducciones por pagos o abonos en cuenta en paraísos fiscales (2:41 p.m.)

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22 de Julio de 2014

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La Ley 1607 del 2012 modificó al artículo 260-7 del Estatuto Tributario (E. T.), en el sentido de adicionar el requisito de documentar las funciones realizadas sobre los activos empleados, riesgos asumidos y la totalidad de costos y gastos incurridos para la realización de las actividades que generaron los pagos efectuados por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios a paraísos fiscales. Vale la pena recordar que sigue siendo aplicable para el reconocimiento de la deducción de los costos y gastos, además de lo anterior, efectuar la retención en la fuente en los casos en que sea obligatoria, tal como lo ordena el artículo 124-2 del E. T., pues esta norma no ha sido modificada.

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