Nuevas competencias de Findeter y Bancoldex para otorgar créditos a empresas son constitucionales
24 de Junio de 2020
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Nota:
116840
Por medio del comunicado de Sentencia C-160, la Corte Constitucional declaró exequible el Decreto 468 del 2020, mediante el cual se autorizan nuevas operaciones a la Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter) y al Banco de Comercio Exterior de Colombia (Bancoldex), en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada mediante el Decreto 417 del 2020. Según la corporación, la modificación de las competencias de Findeter y Bancoldex para otorgar créditos directos a las entidades territoriales y empresas armoniza plenamente con mandatos y preceptos constitucionales. Además, indicó que las medidas que adopta el decreto, lejos de contrariar alguna disposición constitucional o desconocer el marco de referencia de la actuación del Ejecutivo en el estado de emergencia, armonizan con los mandatos constitucionales relacionados con la dirección general de la economía por parte del Estado (art. 334), la regulación legislativa de la actividad financiera (arts. 150, numeral 19, letra d, y 335), su control y vigilancia por el Ejecutivo (art. 189, numeral 24) y el endeudamiento público (art. 364). El magistrado Alberto Rojas aclaró su voto (M. P. Carlos Bernal Pulido).
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