Instrucciones de la Superfinanciera sobre nuevos anexos para reporte de información a la UIAF (4:23 p.m.)
04 de Septiembre de 2018
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Nota:
110309
Teniendo en cuenta que la UIAF remitió los nuevos anexos, mediante los cuales capturará la información de manera más eficiente para el cumplimiento de sus fines institucionales, la Superintendencia Financiera impartió instrucciones sobre el reporte de información a la unidad, relativa a la administración de los riesgos de lavado de activos y de financiación del terrorismo. Así, modificó los anexos técnicos del Capítulo IV, Título IV, Parte I de la CBJ, los cuales están relacionados con reportes de operaciones sospechosas, transacciones en efectivo, transacciones cambiarias, patrimonios autónomos, entre otros. Las entidades deben reportar la información conforme a los anexos modificados a partir del 1° de agosto del 2019. Hasta tal fecha, las vigiladas deben seguir reportando a la UIAF la información contenida en los anexos vigentes. Por último, indicó que las entidades deben atenerse a las directrices de la UIAF en lo referente a pruebas y operatividad del reporte de información, con base en los anexos técnicos modificados por esta circular.
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