ESE pueden constituir pólizas de responsabilidad civil precedidas de un plan de manejo de riesgos (2:40 p.m.)
19 de Julio de 2018
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Nota:
107964
Las características jurídicas de las empresas sociales del Estado (ESE), tales como personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, les otorga la facultad de prever la ocurrencia de siniestros que pueden ser amparados con la constitución de pólizas de responsabilidad civil para servidores públicos. Para ello, deben cumplir todos los principios y procedimientos establecidos en el Estatuto Orgánico de Presupuesto para la ejecución del gasto requerido, indicó la Contraloría General de la República. La adquisición de dichas pólizas no constituye daño fiscal cuando ha estado precedida de una plan de manejo de riesgos que busca evitar una eventual afectación al patrimonio público.
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