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Corte Constitucional recuerda las condiciones de redacción de los contratos de seguro (2:12 p.m.)

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14 de Marzo de 2014

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Los contratos que regulan una relación de aseguramiento deben cumplir, al menos, los siguientes parámetros: no estipular condiciones indeterminadas, ambiguas o vagas en contra de los intereses del asegurado; y si las integran al contrato, deben interpretarlas a favor del usuario, en virtud del principio pro homine, recordó la Corte Constitucional. Con este argumento, el alto tribunal concluyó que el siniestro se puede probar con cualquier medio legítimo que cumpla con los principios de conducencia, idoneidad y eficacia. En este sentido, también advirtió que el diagnóstico de una enfermedad no siempre determina la fecha en que debe tenerse por ocurrido el siniestro, para efectos de la prescripción del contrato de seguro (M. P. María Victoria Calle).

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