Anulan algunas disposiciones del acuerdo que reglamentó créditos laborales de vivienda para servidores del FNA (11:45 a.m.)
07 de Noviembre de 2018
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Nota:
108818
La Sección Segunda del Consejo de Estado anuló varios apartes del Acuerdo 2021 del 2014, que adoptó una nueva versión del reglamento de crédito laboral de vivienda de los servidores públicos del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), específicamente aquellas que extendían prerrogativas convencionales a los empleados públicos, teniendo en cuenta que este grupo de trabajadores no puede beneficiarse de ellas, por expresa disposición legal. Ahora bien, considerando que el FNA advirtió, en la contestación a la demanda, que al amparo de las normas anuladas se han consolidado innumerables situaciones de carácter particular, y que incluso aún están en trámite algunas solicitudes de crédito elevadas en razón de estas, la corporación decidió que los efectos de la decisión respecto del parágrafo del artículo 1º serán hacia el futuro, toda vez que no se pueden afectar los derechos adquiridos de buena fe. No obstante, en lo que se refiere a los numerales tercero y cuarto del artículo 2º, la providencia quedó con alcances retroactivos, es decir, desde el momento mismo de la expedición del Acuerdo 2021, en la medida que todos los créditos que hayan sido liquidados en virtud de dichas normas deberán reliquidarse conforme a lo establecido en el contrato (C. P. Sandra Lisset Ibarra).
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