Esto precisa Superfinanciera sobre la acreditación como beneficiario de la ley de incentivos para colombianos que retornen al país (9:56 a.m.)
Openx [71](300x120)
110384
30 de Agosto de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
La Ley 1565 del 2012 creó una serie de incentivos de carácter aduanero, tributario y financiero y permite brindar acompañamiento integral a los colombianos que voluntariamente deseen retornar al país. Para tales efectos, el artículo 5º del Decreto 2064 del 2013 estableció que una vez la Comisión intersectorial para el retorno haya evaluado y aprobado las solicitudes que realicen los colombianos, la secretaría técnica expedirá, a través del registro único de retornados, un certificado que acreditará al ciudadano como beneficiario de la ley. En ese sentido, la Superintendencia Financiera indica a sus vigilados que en los procesos de vinculación de dichas personas se podrá tener en cuenta para dicho propósito el certificado emitido por la comisión una vez verificada su inclusión en el mencionado registro, el cual servirá como constancia de su situación. Lo anterior sin perjuicio de la aplicación de los parámetros mínimos de administración de riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo y en especial lo previsto sobre conocimiento del cliente exigidos en las normas vigentes.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!