Esto modificó la Supersociedades sobre el plazo para adoptar programas de ética empresarial (11:46 a.m.)
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27 de Julio de 2018
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La Superintendencia de Sociedades modificó el contenido de la Resolución 100002657 del 2016, que señaló los criterios para definir qué sociedades están obligadas a adoptar un programa de ética empresarial. Lo anterior con el propósito de dar claridad sobre el carácter acumulativo de los criterios allí señalados. En cuanto al plazo para la adopción de dichos programas, la superintendencia indicó que las sociedades que al 31 de diciembre de cada año cumplan con las disposiciones mencionadas dispondrán de un plazo de seis meses, esto es, hasta el 30 de junio del año siguiente, para adoptar su respectivo programa. La Supersociedades podrá, en cualquier momento, verificar el estado de cumplimiento de esta obligación.
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