Corte Suprema disminuyó pena de David Murcia Guzmán, por equivocación en dosificación (3:18 p.m.)
01 de Abril de 2016
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Nota:
105900
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, al efectuar un pronunciamiento respecto de la violación de garantías fundamentales del exrepresentante de la captadora ilegal de dinero DMG, David Murcia Guzmán, afirmó que se cometió un error al dosificar la pena. El alto tribunal de justicia procedió a analizar, con el fin de otorgarle legalidad a la pena imputada, la condena impartida por el juez de primera instancia y que fuera confirmada en su integridad por el Tribunal Superior de Bogotá, constatando que se le dio aplicación al artículo 14 de la Ley 890 de 2004, para incrementarle la condena impuesta. Sin embargo, esta normativa no era la procedente para aumentar el tiempo de reclusión, por cuanto la punibilidad del delito lavado de activos fue modificada por el artículo 17 de la Ley 1121 del 2006 y, por tal razón, determinó disminuir la pena. Igualmente, la Sala Penal aseveró que también se desbordó el máximo legal en relación con la multa asignada, afectando los extremos de los cuartos reglamentados por el artículo 61 del Código Penal. Así las cosas, resolvió casar de oficio y parcialmente el fallo, fijándole al señor Murcia la pena de prisión en 22 años, 10 meses y 15 días y la multa de 25.732,24 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y no los 30 años, 8 meses y 7,5 días de prisión y la multa de 50.000 SMLMV, que había sido señalado y posteriormente confirmado.
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