Admiten primera demanda contra algunos apartes del Código de Extinción de Dominio (2:00 p.m.)
22 de Mayo de 2014
Reproducir
Nota:
96556
La Corte Constitucional admitió una demanda contra el inciso 4º del artículo 91 del Código de Extinción de Dominio (Ley 1708 del 2014), que regula la administración y destinación de divisas incautadas. Para el demandante, esta norma está viciada de inconstitucionalidad porque el proyecto de ley fue radicado por el Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre, a pesar de que el artículo 154 de la Constitución señala que requieren iniciativa del Gobierno los proyectos de ley relacionados con el Banco de la República y las funciones de su junta directiva. Finalmente, advierte que desconoce la autonomía administrativa y técnica del Emisor al imponerle la obligación de cambiar a pesos colombianos las divisas que sean confiscadas, afectando la liquidez de la economía y el manejo de la política monetaria, en contra de los artículos 113, 136, 150, 371, 372 y 373 de la Constitución (demandante: Luis Giovanny Barbosa Becerra).
Opina, Comenta