Mercantil
Minsalud deberá revisar regulación de bebidas energizantes: Consejo de Estado
08 de Julio de 2014
La protección de los consumidores no puede ser indiferente para las autoridades, advirtió el Consejo de Estado. Por esta razón, la Sección Primera del alto tribunal le ordenó al Ministerio de Salud que, dentro de los nueve meses siguientes a la notificación de la sentencia, realice los actos necesarios para la revisión de la regulación vigente en materia de bebidas energizantes.
La corporación pidió que se amplíe la información científica sobre los componentes de dichas bebidas, y exhortó al Invima para que vigile el cumplimiento de esa orden, con el fin de establecer los contenidos que, de conformidad con los mejores conocimientos científicos disponibles, permitan salvaguardar la salud y la integridad de los consumidores en general, así como de los sujetos de especial protección que puedan resultar perjudicados con su consumo, entre ellos menores de edad y mujeres en embarazo o lactancia.
Con base en estas consideraciones, el alto tribunal concluyó que la Resolución 4150 del 2009, por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos que deben cumplir las bebidas energizantes para consumo humano, vulneró el derecho colectivo a la salubridad pública y los derechos de consumidores, como consecuencia de la insuficiente información sobre los riesgos en que tiene su consumo.
“En desarrollo de esta responsabilidad la legislación no solo ha proclamado el derecho de los ciudadanos a ser protegidos contra la publicidad engañosa; además ha consagrado el derecho a obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se pongan en circulación, así como sobre los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización, los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos”, afirma la sentencia.
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