Precio de bienes debe anunciarse visualmente
25 de Mayo de 2015
La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) señaló que no es competente para fijar el precio máximo de venta de los bienes, pues depende de las reglas de la oferta y la demanda.
No obstante, al respecto recordó que los productores están obligados a indicar el precio total del producto en pesos colombianos, incluyendo cualquier cargo adicional o impuesto correspondiente, sin perjuicio de su discriminación en las facturas, de acuerdo con la normativa tributaria.
La indicación pública de precios puede hacerse en los mismos bienes, listas, góndolas, anaqueles o estantes. Esto implica que el valor debe ser anunciado visualmente, con el fin de evitar una posible inducción a error derivado de una información insuficiente y carente de veracidad, explicó la Superindustria.
Además, la importancia de mostrar el precio al comprador también busca que este tome sus decisiones de consumo de manera informada. En efecto, la Ley 1480 del 2011 y la Circular Única de la entidad exigen que la información brindada sea cierta, completa, comprobable, clara, comprensible, precisa e idónea.
Por tanto, cuando los datos proporcionados no cumplen los requisitos exigidos por la ley, se genera responsabilidad en cabeza del proveedor, advirtió el concepto.
(Superindustria, Concepto 63419, abr. 13/15)
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