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Actualizado hace 11 minutes | ISSN: 2805-6396

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Columnistas


La importancia de fortalecer el sistema de propiedad industrial

30 de Octubre de 2012

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José miguel de la Calle

José Miguel De La Calle

Superintendente de Industria y Comercio

 

 

 

 

 

Hace pocos días, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sacó a la luz pública un estudio denominado “Propiedad Industrial 2020”, en el que trabajó por casi dos años con expertos internacionales de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), y prominentes integrantes de la academia nacional. El estudio constituye el diagnóstico más ambicioso que se haya producido a la fecha en Colombia sobre el estado actual de la propiedad industrial y su evolución de los últimos años, incluyendo un diagnóstico sobre las razones por las cuales en nuestro país se registra un número de marcas y patentes por millón de habitantes muy inferior al de otros países pares, similares en renta per cápita, inversión en innovación, alfabetismo, formación universitaria y número de centros de investigación.

 

A pesar de la tendencia creciente de los últimos años, el volumen anual de solicitudes de marcas será de 33.000 aproximadamente al finalizar el 2012, mientras que el país debería estar en un volumen superior a las 75.000 solicitudes anuales, según se desprende del estudio en referencia.

 

Igualmente, en el campo de las patentes se calcula que la SIC llegará a las 2.300 solicitudes para este año, de las cuales solo un 7 % corresponde a solicitantes nacionales, lo que contrasta con las 15.000 solicitudes de patentes que debería registrar Colombia cada año, con una participación de los nacionales no inferior al 20 %.

 

Vale decir que, si bien aún los tiempos de respuesta no son óptimos en el área de las patentes y otras nuevas creaciones, la SIC ha mejorado sustancialmente su récord de atención en toda la propiedad industrial, así: hoy en promedio el registro de una marca toma 4,9 meses, mientras que hace dos años se demoraba 8,1 meses, y en patentes el promedio actual es de 52 meses comparado con 65 meses hace dos años. Los diseños industriales bajaron en el mismo periodo de demorarse 25 meses a 10 meses.

 

A la economía nacional se incorporan cada año más de 300.000 nuevas empresas, las cuales probablemente basan su proyección de negocios en al menos un producto o servicio y, por ende, en al menos una nueva marca. Luego, cabe preguntarse ¿por qué más de 265.000 de esos nuevos empresarios, esto es, el 87 % de ellos, no usa el sistema para proteger sus marcas, a pesar de que estas posiblemente constituyen uno de los principales activos de su naciente negocio?

 

La propiedad industrial es un gran aliciente para la innovación y la investigación, razón por la cual resulta indiscutible el alto impacto que ella tiene en el desarrollo general de la economía. Por ello, la baja utilización del sistema no solo afecta a los empresarios e inventores que quedan desprotegidos y expuestos a riesgos legales, sino a todos los colombianos, quienes nos vemos privados de los beneficios del crecimiento económico general como resultado de la incapacidad de nuestra sociedad de formalizar y proteger adecuadamente los empeños innovadores y creativos.

 

El país no debe ahorrar esfuerzos para seguir fortaleciendo el sistema de propiedad industrial, haciéndolo más eficiente y atractivo para todos sus potenciales usuarios de forma que, en un futuro mediano, aquellos que se privan de sus beneficios pasen de ser la abrumadora mayoría a una pequeña minoría.

 

El referido estudio presenta varias propuestas fundamentales, de las cuales me permito destacar solo una de ellas: la mejora sustancial y urgente del sistema de observancia de los derechos de la propiedad industrial. Colombia tiene uno de los peores sistemas judiciales del mundo, siendo el penúltimo en cuanto se refiere a la capacidad de hacer valer un contrato a través de los jueces. La justicia es demorada, incierta, engorrosa y costosa. Mientras el país no pueda contar con jueces especializados en esta materia, que tomen decisiones cautelares en no más de un mes y decisiones de fondo en no más de un año, no lograremos índices satisfactorios de uso del sistema de propiedad industrial porque, como es natural, muchos usuarios descartan someterse al pago y al tiempo que implica un registro de una marca o una patente si saben o sospechan que –en el evento de tener que echar mano de los jueces para valer sus derechos– se someterán a un prolongado martirio con pronóstico reservado.

 

La buena noticia es que el nuevo Código General del Proceso (L. 1564/12) atribuyó a la SIC facultades jurisdiccionales en propiedad industrial, que podrán ser usadas para hacer cesar una infracción a los derechos derivados de este régimen jurídico, o para evitar su configuración en casos de inminente riesgo y, además, para pretender el pago de una indemnización como consecuencia de la explotación no autorizada de derechos. Igualmente, este nuevo juez especializado podrá decretar medidas cautelares con base en los artículos 245 y siguientes de la Decisión 486 del 2000, cuya estructura obedece a los conceptos de fumusboni iuris o apariencia de buen derecho y periculum in mora o peligro por el paso del tiempo.

 

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