Las decisiones que no admiten recursos quedan ejecutoriadas una vez suscritas por el juez o magistrado (8:55 a.m.)
Openx [71](300x120)
76556
01 de Noviembre de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
La Corte Suprema de Justicia aclaró que del artículo 187 de la Ley 600 del 2000, declarado exequible bajo condición por la Sentencia C-641 del 2002, debe entenderse en el sentido de que las decisiones de segundo grado y de casación quedan ejecutoriadas una vez son suscritas por el juez o magistrado. La Sala Penal explicó que aunque la ejecutoria ordi
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!