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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Municipios de cuarta, quinta y sexta categoría deberán afiliar a concejales a cajas de compensación

20 de Octubre de 2021

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Municipios de cuarta, quinta y sexta categoría deberán afiliar a concejales a cajas de compensación (Freepik)

El Ministerio del Trabajo expidió la Circular 061 del 2021, donde enfatizó que la Ley 2075 del 2021 establece que los concejales tendrán derecho a la cotización del Sistema de Seguridad Social, que incluye pensión, salud, ARL y ahora a las cajas de compensación familiar, sin que esto implique un vínculo laboral con las entidades territoriales.

 

“El ministerio del trabajo hace un llamado a toda la administración pública para que, de acuerdo con las normas y con los recursos de la administración municipal y distrital, se afilie a seguridad social a todos los concejales del país”, afirmó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera. (Lea: Así pueden afiliarse los concejales a las cajas de compensación familiar)

 

Los concejales no reciben salario sino honorarios por su asistencia a las sesiones, lo cual quiere decir que del ingreso que reciben deben hacer el pago de su seguridad social, pero con esa norma será reconocida por la administración.

 

La disposición establece que para financiar los costos en seguridad social de los cabildantes, de municipios que reciban ingresos corrientes de libre destinación inferiores a 4.000 SMLV, se destinará el 0,6 % del sistema general de participaciones de propósito general. Los cargos se harán al presupuesto en los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría y los demás deben ser asumidos por las corporaciones.

 

En una anterior norma, el ministerio había recordado que, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley 2075 del 2021, que modifica el artículo 23 de la ley 1551 del 2012, los concejales tienen derecho a la cotización del sistema de seguridad social en salud; pensión, salud, ARL y cajas de compensación familiar.

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