Marihuana medicinal ya cuenta con una ley (4:45 p.m.)
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06 de Julio de 2016
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El Ejecutivo acaba de sancionar la Ley 1787, que crea un marco regulatorio que permitirá el acceso seguro e informado al uso médico y científico de la planta de cannabis y sus derivados. La norma, que consta de 19 artículos, señala que los ministerios de Justicia, de Salud y de Agricultura, conjuntamente, reglamentarán lo concerniente a la importación, exportación, cultivo, producción, fabricación, adquisición a cualquier título, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso de las semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus derivados para fines médicos y científicos. En ese mismo sentido indica que las personas a las cuales se les otorgue la licencia deberán someterse a seguimiento y control por parte de Minsalud y Minjusticia. Para que se haga efectivo el mencionado seguimiento, el interesado deberá pagar por este servicio. Por otra parte, dispone que cuando el paciente sea menor de edad, los padres o tutores deberán ser informados sobre los riesgos o beneficios del uso medicinal del cannabis antes de autorizar o negar la utilización de productos terapéuticos con componentes psicoactivos. En cuanto a faltas y sanciones, la potestad sancionatoria queda en manos del Ministerio de Salud y de la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes del Ministerio de Justicia frente a posibles incumplimientos de los particulares.
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