Sin importar el régimen tributario al que pertenezca, es obligación del contratista afiliarse a los sistemas de pensión y salud (8:33 a.m.)
28 de Marzo de 2012
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Nota:
80111
El contratista, independientemente del régimen tributario al que pertenezca, debe estar afiliado obligatoriamente a los sistemas de pensión y salud y voluntariamente al sistema de riesgos profesionales, recordó el Ministerio de Salud. Cuando la parte contratante verifique que el contratista no ha realizado los pagos correspondientes a la seguridad social y parafiscales, debe informar dicha circunstancia a la dirección territorial competente y a la Superintendencia Nacional de Salud, para que estas efectúen las investigaciones y apliquen las sanciones administrativas a que haya lugar, según lo establecido en el artículo 123 de la Ley 1438 del 2011 (Reforma a la salud), sobre control a los deberes de los empleadores y otras personas obligadas a cotizar.
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