Gobierno reglamenta el pago de cotizaciones y el reconocimiento de prestaciones en el marco de convenios internacionales de seguridad social (5:07 p.m.)
30 de Julio de 2010
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Nota:
67725
Con el fin de facilitar la aplicación de los convenios de seguridad social suscritos con España, Uruguay, Argentina y Chile y los que en el futuro firme Colombia en esta materia, el Gobierno acaba de expedir el Decreto 2710, que reglamenta el pago de las cotizaciones y la prestación de servicios de salud a los beneficiarios de los mismos. Cuando los nacionales se desplacen a un país con el que se suscribió un convenio, la prestación de los servicios de salud para el cotizante y su grupo familiar se efectuará únicamente en Colombia y el pago de las licencias de maternidad se continuará efectuando en las condiciones previstas en la legislación colombiana. El Decreto 2710 del 2010 establece también las reglas de cotización al sistema de salud cuando en virtud de este tipo de convenios se pague una prorrata de pensión (cuota o porción que a cada país le corresponde pagar de la mesada).
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