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Actualizado hace 10 minutes | ISSN: 2805-6396

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Columnistas


Implicaciones y retos del fortalecimiento del derecho de asociación a la luz de las nuevas disposiciones laborales

04 de Octubre de 2011

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Carlos Hernán Godoy Fajardo

Carlos Hernán Godoy Fajardo

Socio fundador Godoy Córdoba Abogados

 

 

 

La cobertura del movimiento sindical colombiano ha tenido un proceso de deterioro evidente, a partir de la primera mitad del siglo XX, cuando nació, hasta nuestros días.

 

Colombia, a lo largo de los últimos nueve años (ocho del gobierno Uribe y el primer año del gobierno Santos), asumió la responsabilidad de recuperar espacios para el ejercicio del derecho de asociación y adoptó normas tendientes a este fin.

 

La recuperación del prestigio como país ante la Organización Internacional del Trabajo y el empeño en lograr el tratado de libre comercio con EE UU fueron factores que incidieron en los avances de nuestro país a este respecto. 

 

El inventario de normas es amplio y escapa a las posibilidades de esta breve columna, pero el mundo laboral las conoce.

 

Desde el punto de vista político, el presidente Santos “se la jugó toda” en el propósito de mostrar al mundo que Colombia puede ser un país apto para el sindicalismo.

 

El movimiento obrero colombiano comienza a tomar forma en las dos primeras décadas del siglo XX, destacándose principalmente las manifestaciones en el artesanado y los trabajadores de los ferrocarriles.

 

Los desarrollos que tuvo el sindicalismo colombiano mediante la negociación colectiva en sectores como los ferrocarriles, los puertos, la banca oficial, el monopolio de la sal, entre otros, dejaron huellas lamentables que contribuyeron junto con otros factores a la destrucción de tales empresas, en una clara equivocación por parte tanto de los administradores de las mismas como de los líderes sindicales.

 

La desconfianza recíproca y los miedos han rodeado las relaciones entre empresas y sindicatos en las últimas décadas. El sindicalismo ha sido visto como un enemigo
del desarrollo empresarial.

 

En este escenario, ocurren los nuevos fenómenos que configuran la coyuntura política y normativa que motiva este escrito.

 

No es el momento de señalar culpables, es el momento de mirar hacia adelante, sin olvidar los aprendizajes del pasado.

 

Los empresarios deben aceptar que la calidad de las organizaciones sindicales es en parte su responsabilidad. Trabajadores que puedan dirigirse a los administradores de las empresas con confianza, que asuman el papel de corresponsables y no de contrapartes, es algo que sin duda resultará de una gestión del talento humano abierta y formativa.

 

Líderes sindicales que no dejen de ser trabajadores por los permisos excesivos, que no abusen de los fueros, que entiendan que su misión es mucho más que presentar pliegos de peticiones lograrán espacios en las empresas colombianas para ayudar a construirlas y consolidarlas.

 

Solo mediante una acción concertada podrá renacer el ejercicio del derecho de asociación como un instrumento para hacer empresas sólidas, exitosas y duraderas.

 

No debe olvidarse, por supuesto, que también es válido que los trabajadores colombianos opten por ejercer el derecho de asociación sin acudir a las organizaciones sindicales, mediante la contratación colectiva a través de los pactos colectivos, cuando ello es fiel reflejo de una cultura laboral auténtica y fruto de procesos de negociación reales. Todo en la perspectiva de la no discriminación, ni a favor ni en contra de cada elección.

 

Las empresas colombianas han entendido que la manera más eficiente de desincentivar el interés de sus trabajadores en el sindicalismo es mediante estructuras muy eficientes en la gestión de sus recursos humanos, actuando de manera proactiva en la selección, desarrollo y retención de los mejores elementos, así mismo en la interpretación y atención de las necesidades en materia salarial, prestacional y de beneficios, dentro de sus posibilidades económicas, todo dentro de un estricto respeto a la ley. Esta es una realidad que enorgullece al sector empresarial de nuestro país en un gran porcentaje.  Esta tarea no debe dejar de hacerse.

 

En el evento en que aparezca una organización sindical, su acción se vuelve complementaria y no supletiva de la gestión de talento humano.

 

De esta manera, los trabajadores que decidan ejercer el derecho a formar un sindicato encontrarán que su misión está llamada a ser más de aporte que de peticiones, lo cual no obsta para que puedan ayudar a los administradores de la empresa a tener una visión más clara de sus verdaderas necesidades.

 

Las anteriores reflexiones nos llevan a plantear los que consideramos pasos necesarios para lograr los mejores desarrollos y resultados en lo que hemos denominado la nueva etapa de las relaciones empresa/sindicato en nuestro país.

 

Fase 1. Acercamiento-abrazo: Nuestros empresarios van a tener que hacer un acto de fe en sus propios trabajadores, en caso de que estos opten por ejercer el derecho de pertenecer a, o conformar, organizaciones sindicales. A partir de ello, podrán acogerlos de manera positiva para entender sus motivaciones y apoyar el nuevo proceso de interacción, haciéndoles sentir que además de legítima su decisión es viable.

 

Fase 2. Formación-responsabilidad: Nuestras empresas deben asumir su responsabilidad en actividades formativas, respecto de tales trabajadores. Esto redundará en contar con interlocutores preparados y conscientes de sus responsabilidades.

 

Fase 3. Construcción conjunta-corresponsabilidad: Cuando administradores de la empresa y líderes sindicales hablen el mismo lenguaje, el de la construcción conjunta, el del diálogo, el de la búsqueda de caminos para la consolidación de las empresas, se llegará a la siguiente fase, que es la meta.

 

Fase 4. Convivencia armónica.

 

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