Irregularidades en votación y escrutinio deben atacarse primero ante la respectiva autoridad administrativa electoral: Consejo de Estado (11:59 a.m.)
09 de Julio de 2014
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Nota:
61730
El Consejo de Estado recordó que desde la entrada en vigencia del Acto Legislativo 001 del 2009, que modificó el artículo 237 de la Constitución, b>las causales de nulidad por irregularidades en la votación y en el escrutinio deben plantearse de forma previa ante la respectiva autoridad administrativa electoral/b>. Con este argumento, decidió inadm
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