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28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 22 horas | ISSN: 2805-6396

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Especiales / Invitado


“Hay que cambiar completamente las leyes procesales”

19 de Noviembre de 2020

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Oscar Iván Garzón Guevara

Presidente del Capítulo Cundinamarca del Instituto Colombiano de Derecho Procesal y Director de Posgrados de la Facultad de Derecho de la Universidad Militar Nueva Granada (sede campus)

 

Cada año, desde hace ya varias décadas, la comunidad jurídica nacional e internacional cumple una cita con el Instituto Colombiano de Derecho Procesal (ICDP) y su Congreso de Derecho Procesal, el cual busca la promoción del estudio y los avances de esta esencial rama del Derecho. Este año, por cuenta de la pandemia del coronavirus (covid-19) y las medidas de bioseguridad dispuestas por el Gobierno Nacional, se llevó a cabo la edición XLI, mediada por las tecnologías de la información y la comunicación, un hecho sin precedentes para este evento académico.

 

Dentro de las conferencias que se presentaron en este congreso virtual, vale la pena destacar la del jurista Jordi Nieva Fenoll, catedrático de Derecho Procesal de la Universitat de Barcelona y visitante de distintas universidades extranjeras, quien presentó con éxito su ponencia La discutible utilidad de los interrogatorios de partes y testigos (algunas reflexiones sobre la oralidad en tiempos de pandemia). Directo, conciso y pragmático, este académico y doctrinante español fue concluyente y visionario a la hora de enfatizar que el proceso debe dejarse influir por la sicología, la semiótica textual, la epistemología, la tecnología y todas las ciencias implicadas en una prueba pericial.  

 

ÁMBITO JURÍDICO: ¿Cuéntenos sobre los autores y/o los libros que han forjado su formación procesalista?

 

Jordi Nieva Fenoll: No podría citar un solo autor o libro. Son muchos los que me han influido en diferentes materias y sería injusto citar a unos callando a otros. Algunos están todavía vivos, e incluso hay alguno que es muy joven. Siempre hay que estar dispuesto a aprender de cualquiera que tenga algo que decir. Hay que mantener la mente abierta.

 

Á. J.: ¿Cuáles son las virtudes que definen a un sobresaliente procesalista?

 

J. N. F.: Sería absolutamente presuntuoso que yo respondiera a esa pregunta, dado que no me considero un excelente procesalista, y dudo que nadie realmente objetivo pudiera ser tan fatuo consigo mismo diciendo semejante estupidez. Al final, creo que lo único que puede valorarse de un científico es su curiosidad, su creatividad, su constante estudio y su compromiso con la verdad. Servimos a la sociedad en su conjunto, y esa sociedad mejorará al mismo ritmo que aumente la calidad de la ciencia que seamos capaces de producir.

 

Á. J.: ¿Cuáles son los cambios necesarios que debe tener la estructura del proceso con la inserción de la justicia digital?

 

J. N. F.: Hay que eliminar la insoportable burocracia que viene de muy atrás, y que se justificaba por la necesidad de tener que dar constancia de cada acto procesal. Actualmente, esa constancia la dan los documentos informáticos firmados electrónicamente cargados en una página web. Además, la tecnología da la oportunidad de automatizar los trámites. Por lo tanto, basta que ambas partes expongan sus pretensiones y ofrezcan, al mismo tiempo, la documentación que las apoyen.

 

Con esa base, el juez está en perfectas condiciones de decidir, incorporando en algunas ocasiones una prueba pericial y, en pocos casos, particularmente en el proceso penal, algunas pruebas testificales. Todo lo demás acostumbra a ser superfluo, y está más pensado para aparentar una defensa que para ejercerla realmente. Además, existen algunos procedimientos sencillos que podrían ser completamente automatizados, siendo resueltos en un máximo de 10 días. Me refiero, por ejemplo, a procedimientos monitorios o posesorios sin oposición. Pero existen bastantes más ejemplos.

 

Á. J.: ¿La pandemia del coronavirus (covid-9) desnudó los excesos de formalismos y ritualismos de los sistemas procesales iberoamericanos?

 

J. N. F.: Los ritualismos están presentes en cualquier país. No creo que sea la pandemia la que ha puesto al descubierto su intrínseca ridiculez, sino la conciencia de que estamos en el siglo XXI y que hace tiempo que tendríamos que dejar de comportarnos en el proceso como si estuviéramos en un ritual de magia o en la ceremonia medieval para armar caballero a un sujeto. Hay personas a las que les gusta el teatro y su atrezzo, pero creo que esa afición hay que dejarla para los escenarios. En el resto de actividades, los seres humanos debemos comportarnos naturalmente. De hecho, esos rituales describen lo que fue natural en otra época. Lo que hemos hecho mal es seguir celebrándolos sin cambiarlos. Si los seres humanos de aquella época nos vieran ahora, se reirían de nosotros por hacer lo mismo que ellos 800 años después.

 

Á. J.: Teniendo en cuenta todo lo anterior, ¿cuáles serían sus recomendaciones para una eventual normativa, desde el Legislativo, que regule la justicia digital?

 

J. N. F.: Hay que cambiar completamente las leyes procesales. El modelo actual fue creado basándose en un sistema demasiado antiguo en el que ni siquiera se imaginaba la realidad tecnológica actual. Hay que comenzar de cero y pensar cómo debería hacerse un nuevo código de enjuiciamiento partiendo de la nueva realidad, no de la antigua. Nos hemos pasado siglos copiando lo que hicieron las generaciones anteriores. Estaría bien que por una vez fuéramos capaces de ser tan innovadores como lo fueron los romanos hace 2.000 años, por poner un solo ejemplo. Es sorprendente y lamentable que la base actual de nuestro proceso siga siendo el proceso romano posclásico de hace casi 1.500 años.

 

Á. J.: ¿Cuáles son las experiencias o las enseñanzas más significativas que recogió en este nuevo congreso del ICDP?

 

J. N. F.: Este congreso fue diferente. Lamentablemente, al ser a distancia, no se puede interactuar con nadie en absoluto. Espero que mi ponencia les fuera útil a los organizadores y a los asistentes. Prefiero quedarme con el recuerdo de los otros tres congresos presenciales a los que fui invitado en los últimos 15 años y de los que guardo memorias imborrables de Cartagena, Bogotá y Cali. Allí sí hubo una tremenda interacción, intercambio fructífero de ideas y construcción de sólidas amistades que todavía conservo y de las que me honro cada día.

 

Á. J.: Resúmanos, brevemente, su ponencia “La discutible utilidad de los interrogatorios de partes y testigos”.

 

J. N. F.: El mensaje es sencillo. Ningún juez es capaz de decir si alguien miente o dice la verdad mirándolo a la cara. Eso lo ha demostrado la sicología del testimonio y, por otra parte, es lógico, dado que ni un juez (ni nadie) tiene súperpoderes para leer la mente de los demás, y mucho menos para interpretar la arbitrariedad de la gestualidad de cada quien, que, además, es altísimamente desorientadora, como empíricamente está más que demostrado.

 

Además, los interrogatorios judiciales son una de las peores maneras de obtener información útil de un declarante, en tanto someten a un estrés insoportable a un interrogado y en una situación muy enconada, esto es, en una sala de justicia. Ese estrés es un enemigo de la memoria, que precisamente es lo que más necesitamos de un testigo. Hace tiempo que los interrogatorios deberían haberse dejado de celebrar en la forma actual, porque no sirven para el descubrimiento de la verdad. Imagínese todo lo anterior añadiendo la dificultad de una conexión a distancia.

 

Á. J.: A propósito, precísenos los aportes de la sicología al testimonio…

 

J. N. F.: Se trata de una ciencia que ha logrado decirnos cómo hay que interrogar a una persona y cuáles son los límites de su memoria. Ambos aspectos son utilísimos, pero son sistemáticamente ignorados en las salas de justicia por simple desconocimiento. Un testigo tiene que declarar en un ambiente tranquilo, respondiendo a preguntas muy abiertas formuladas sin agresividad ni intentando infundir ninguna emoción y, sobre todo, debe declarar muy poco tiempo después del acaecimiento de los hechos. Compare todo lo anterior con la realidad de nuestros tribunales y descubrirá fácilmente que nuestro proceso actual, en materia de interrogatorios, es poco más que una farsa.

 

Á. J.: En tiempos de pandemia, ¿se vislumbra un nuevo método para interrogar?    

 

J. N. F.: Lamentablemente, no. En realidad, podríamos prescindir de la mayor parte de interrogatorios. Los testigos no declaran lo que recuerdan, sino lo que han preparado. Las partes repiten lo que les ha dicho su abogado. Salvo casos excepcionales, que los hay, esas declaraciones no son más que una aburrida e inútil pantomima.

 

Á. J.: Entonces, ¿cómo sería el escenario de poner al derecho procesal en manos de la ciencia?

 

J. N. F.: El proceso debe dejarse influir por la sicología, la semiótica textual, la epistemología, la tecnología y todas las ciencias implicadas en una prueba pericial. Teniéndolas en cuenta, por fin podremos construir un esquema de proceso nuevo y verdaderamente eficiente. El de ahora es un secreto a voces que no lo es.

 

Á. J.: Finalmente, ¿cuáles son sus apuestas para que la oralidad, en la realidad, sea útil?

 

 

J. N. F.: Que deje de ser un fetiche y que se deje de pensar en ella como una panacea. Hay momentos del proceso en que es naturalmente útil, pero esos momentos no son los identificados hasta el momento siguiendo parámetros del siglo XIX o, incluso, mucho más atrás.

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