14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Especiales / Invitado


“Las mujeres víctimas de violencia tienen derecho a acudir a la justicia para que sean reparadas”

09 de Marzo de 2023

Reproducir
Nota:
158510
Imagen
“Las mujeres víctimas de violencia tienen derecho a acudir a la justicia para que sean reparadas” (Archivo particular)

En medio de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, Diana Fajardo Rivera, la nueva presidenta de la Corte Constitucional, reconoce la deuda histórica que existe en favor de las mujeres, por lo que recuerda que las altas cortes han desarrollado una jurisprudencia dirigida a guiar a los jueces de la República en el propósito de adelantar una justicia con enfoque de género.

En conversación con ÁMBITO JURÍDICO, la magistrada también se refirió a los desafíos que enfrenta en ejercicio del cargo, a los objetivos de la corporación para este año y a las posibles discusiones que podrán generarse, en materia constitucional, por la influencia de la tecnología en la administración de justicia.

ÁMBITO JURÍDICO: ¿A qué desafíos se enfrenta durante su presidencia en la Corte Constitucional?

Diana Fajardo Rivera: La Corte Constitucional cumple una misión fundamental en el Estado colombiano, como guardiana de la Constitución de 1991. Ese es el mayor reto que ha venido cumpliendo desde un inicio, pese a los cambios de gobierno, de circunstancias económicas, de paradigmas sociales y de emergencias de todo tipo en las últimas tres décadas. Ese reto permanece en el tiempo, y requiere de la Corte Constitucional todo su compromiso para preservar la integridad y la supremacía de la Carta Política, aun en los periodos más agitados, de manera que sus principios, valores, derechos fundamentales y deberes sean una realidad tangible para todos. En mi rol como presidenta de la Corte Constitucional, será mi mayor honor y compromiso continuar este legado, en defensa de la Constitución de 1991.

Este año contaremos con una línea de trabajo para difundir la Constitución y las decisiones de la Corte, a través de diversas expresiones artísticas. Este trabajo lo haremos con el apoyo del Ministerio de Cultura, con el que suscribimos un memorando de entendimiento a finales del año pasado. También continuaremos con la adaptación de nuestras sentencias emblemáticas a lenguas indígenas y con la difusión del proyecto de acercamiento a niños, niñas y adolescentes, en varias regiones del país. Queremos que más estudiantes y profesores conozcan la Constitución adaptada y el micrositio web que, con el apoyo de varios aliados, diseñamos para facilitar la enseñanza de la Constitución.

En materia de modernización tecnológica, tenemos dos frentes de trabajo. El primero busca mejorar nuestros canales de interacción con los usuarios, para lo cual tenemos previsto el rediseño de nuestras ventanillas para trámites virtuales, un chatbot para apoyar el servicio al ciudadano y una nueva página web, más moderna y accesible. El segundo está orientado a seguir evolucionando nuestro sistema de información para la gestión interna, con el fin de fortalecer la eficiencia y los controles a nuestra gestión.

Á. J.: ¿Cuáles son los últimos y más importantes debates constitucionales que está afrontando la corporación? 

D. F. R.: Es probable que algunos de los debates que ocupan la agenda pública lleguen a la Corte a manera de acciones de inconstitucionalidad en temas como el sistema de salud, el régimen del trabajo y la seguridad social, la búsqueda de la paz y la protección del medioambiente, entre otros. Por el momento, puedo comunicar que la Sala Plena ha comenzado el estudio de la reforma a la ley estatutaria de la administración de justicia y finalizó el de la ley que otorgó funciones jurisdiccionales a la Procuraduría General de la Nación.

En materia de tutela, es más difícil anticiparse a los debates que pueden surgir. Precisamente, la acción de amparo se ha venido consolidando como el gran catalizador de reclamos sociales, algunos de los cuales ni siquiera son temas notorios o previsibles en la agenda pública.

Á. J.: ¿Cómo va el proceso del expediente digital en la corporación?

D. F. R.: Vamos bien. Tenemos el Sistema de Información Integrado de la Corte Constitucional, en el que hemos desarrollado soluciones para facilitar el acceso a los ciudadanos y nuestros trámites internos: una plataforma para el envío de tutelas por parte de los jueces, un aplicativo que facilita la firma y publicación de sentencias en relatoría, canales para trámites virtuales por parte de los ciudadanos, entre otros. Estos avances han permitido resultados tangibles, por ejemplo, ahorros de más de 25.000 millones de pesos en correos físicos que se utilizaban para el envío y devolución de expedientes de tutela del país, la reducción de los tiempos de publicación de las sentencias en el año 2022 y de respuesta de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes.

Sin embargo, quiero resaltar que estas son herramientas de transición, para facilitar el funcionamiento de la justicia virtual, mientras el Consejo Superior de la Judicatura avanza en el Sistema Único de Gestión Judicial. Esta es la herramienta más robusta que permitirá la integración de toda la Rama Judicial en un ambiente común, que reducirá el masivo uso del correo electrónico por parte de los juzgados. Estos últimos se han convertido en la herramienta de primera mano para la justicia virtual, pero tienen muchos inconvenientes para la eficiencia y la trazabilidad de los procesos.

Á. J.: ¿En qué fase de implementación se encuentra PretorIA y qué beneficios o desventajas se han detectado desde su implementación?

D. F. R.: PretorIA es una herramienta que aprovecha técnicas de inteligencia artificial para clasificar y buscar información entre las cerca de 2.500 tutelas diarias que recibe la Corte. No selecciona ni prioriza casos, pero sí contribuye a la identificación de patrones y a la organización de las tutelas que recibe la Corte; en últimas, quien la usa es el que decide lo que quiere buscar y el alcance que le quiere dar a la herramienta.

Luego de su incubación, que contó con el apoyo de la Universidad del Rosario y del Laboratorio de Inteligencia Artificial de la Universidad de Buenos Aires, empezó un proceso interno de validación, ajustes al sistema e integración con otras herramientas de la Corte, que eran necesarios para su despliegue en la corporación. Actualmente, está en funcionamiento y a disposición de todos los despachos para apoyar su trabajo de análisis de tutelas y la organización de sus cargas de trabajo.

En este momento, PretorIA permite identificar automáticamente los derechos tutelados, las tutelas contra providencias judiciales, las decisiones de los jueces de instancia, las sentencias de la Corte que citan los jueces, la presencia de sujetos de especial protección, entre otras categorías. Este año tenemos el reto de aprovechar aún más su potencial para comprender mejor el panorama de la tutela en Colombia, los jueces que se apartan del precedente de la Corte, los casos reiterados y novedosos.

PretorIA es una herramienta que sigue en constante evolución. Desde su concepción, se ha trabajado de la mano de los despachos para identificar las nuevas categorías y funciones que apoyen a su gestión. Su desarrollo nos dejó muchas lecciones sobre la complejidad de implementar proyectos de inteligencia artificial, pero también el potencial que tienen para contribuir a la labor que hacemos los seres humanos.

Á. J.: Recientemente, se hizo viral una sentencia del Juzgado Primero Laboral de Cartagena que resolvió una acción de tutela, en segunda instancia, con base en algunos insumos generados por ChatGPT, bajo el argumento que la Ley 2213 del 2022 así lo permite. ¿Cree que llegará el día en el que este tipo de herramientas serán de uso común para administrar justicia?

D. F. R.: No puedo opinar sobre el uso concreto de ChatGPT en la tutela, porque es un caso que eventualmente podría terminar seleccionado por la Corte. Sin embargo, pienso que la inteligencia artificial tiene un potencial muy amplio que puede incluir diversos usos en la actividad judicial. Por ejemplo, puede servir para apoyar en los buscadores de jurisprudencia, para extraer textos o datos particulares de los documentos o para desarrollar chatbots para la orientación a los ciudadanos. Cada uno de estos usos deberá ser analizado de forma particular. Estas reflexiones, además, deberían tener cada vez más protagonismo en la administración de justicia y en las universidades, pues la tecnología está avanzando muy rápido y es necesario que la sociedad y sus instituciones deliberen sobre su impacto, ventajas y riesgos.

Á. J.: Los fallos de la Corte Constitucional han sido reconocidos por la ciudadanía por el uso de un lenguaje empático y sencillo. ¿Implementará durante su presidencia algún manual de estilo que dicte parámetros para continuar con esta línea en todas las salas de revisión?

D. F. R.: En efecto, nuestras decisiones históricamente han sido identificadas, en su mayoría, como pronunciamientos claros y cercanos a la ciudadanía en términos del lenguaje. Esa es una característica que, para mí, es imperativa en las decisiones de los jueces, más aún en las de la justicia constitucional. Fortalecer esa empatía y sencillez es, sin duda, una preocupación de la Corte y, por eso, recientemente hemos trabajado en puntos de encuentro sobre la estructura y lenguaje que podrían terminar plasmados –¿por qué no?– en un manual de estilo.

Sin embargo, allí no se agotan nuestros esfuerzos. Por ejemplo, en el año 2022, uno de los aspectos que observamos es el aumento de la extensión de las sentencias y analizamos los factores que pueden incidir en esta situación: el uso de citas muy largas, la redacción del capítulo de antecedentes o la repetición de información. También, con el apoyo de la GIZ, realizamos talleres de redacción y argumentación jurídica para los servidores de la Corte y un encuentro internacional con jueces constitucionales sobre escritura y comunicación de las decisiones judiciales.

Además, la Sala Plena acordó incluir en todas las sentencias de tutela un capítulo de síntesis, que resume en lenguaje claro la razón de la decisión. Igualmente, a mitad de año, tuvimos una experiencia importante con la Sentencia T-262 del 2022, en la que se incluyó un acápite especial para comunicar de forma efectiva la decisión al niño destinatario de la misma. Para ello, la Sala de Revisión acudió a palabras y expresiones que pudieran ser lo más cercanas posibles al contexto del menor de edad.

Este año seguiremos trabajando en identificar buenas prácticas de escritura que nos permitan mejorar y que, de ser necesario, se plasmarían en acuerdos o lineamientos prácticos de estilo y estructura para toda la corporación.  

Á. J.: Bajo esa misma línea, ¿cree que a los jueces de la República les hacen falta directrices para lograr proferir fallos más cortos y más cercanos a las partes de una controversia?

D. F. R.: Antes de dictar directrices desde el nivel central, es importante involucrar a todos los jueces en esta reflexión sobre la claridad y brevedad de las sentencias. Normas generales ya tenemos: la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (art. 55), el Código General del Proceso (art. 279) y el Decreto 2591 de 1991 (art. 35) cuentan con disposiciones para que las decisiones sean breves, precisas y claras. También los ciudadanos han hecho llamados para que nos fijemos en este tema. Pero es difícil dejar atrás la idea de que los documentos más extensos, con más latinajos y con más citas son sinónimo de mejor calidad. En algunos casos, son creencias que se han forjado desde la misma formación universitaria.

Creo que hace falta un mayor análisis sobre los problemas que, en concreto, tiene la redacción de las sentencias en todas las jurisdicciones y las medidas para mejorarlas, a través de una formación judicial con enfoque práctico. Una buena señal en este sentido es que el Plan Sectorial de Desarrollo de la Rama Judicial 2023-2026 haya incluido como una prioridad el fortalecimiento de la escritura jurídica en cuanto a redacción, claridad y argumentación. Confío, entonces, en que este será un tema en el que habrá avances importantes en los próximos años.

Á. J.: La corporación ya se ha pronunciado frente al valor probatorio de los pantallazos de WhatsApp y sobre la garantía al derecho a la intimidad de las partes al publicar las piezas procesales en los micrositios de la página web de la Rama Judicial, entre otros temas. ¿Qué tipo de discusiones constitucionales cree que continuará generando la justicia digital?

D. F. R.: Las discusiones alrededor de las pruebas digitales y la protección de datos personales seguramente seguirán siendo objeto de debate. De hecho, en el proyecto de Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, que está en estudio en la Corte, se encuentran algunos debates en torno a la justicia virtual y su relación con el acceso a la justicia o con la materialización de principios como la inmediación y la contradicción. También es posible que empiecen a aparecer otros temas novedosos alrededor del metaverso o el uso de herramientas de inteligencia artificial en la toma de decisiones judiciales. De llegar el momento, estos temas serán abordados por la Corte Constitucional con la rigurosidad que la caracteriza.

Á. J.: La administración de justicia con enfoque de género ha sido una constante en las sentencias de la Corte Constitucional y de los otros altos tribunales. ¿Por qué resulta tan importante que los jueces acaten este lineamiento?

D. F. R.: Las mujeres en Colombia son víctimas de diversas formas de violencia: sexual, intrafamiliar, económica, laboral, feminicidio, etc. Es su derecho, constitucional e internacionalmente reconocido, acudir a la justicia para obtener una debida reparación, reconocimiento y garantía de no repetición frente a los hechos de violencia que han experimentado.

Sin embargo, con preocupación, la Corte y la Rama Judicial han observado que no solo es difícil que las mujeres acudan al aparato de justicia (hay desincentivos en la denuncia, en las rutas de atención, en los procesos investigativos, entre otros), sino que también, cuando lo hacen, pueden enfrentar una violencia institucional de parte de los operadores de justicia y de la estructura institucional en general (Sent. T-735/17). Esta violencia conlleva la demora de sus procesos, la perpetuación de estereotipos de género en la recepción de sus testimonios e, incluso, providencias basadas en premisas estigmatizantes y discriminatorias, contrarias a derecho.

Por esto, la Corte Constitucional y otras altas cortes han desarrollado una jurisprudencia dirigida a guiar a los jueces de la República en el propósito de adelantar una justicia con enfoque de género. Mediante pautas armonizadas con los estándares internacionales, se busca acompañar la actividad judicial para que esté cada vez menos permeada por prejuicios de género y propenda por una verdadera igualdad de las mujeres en su derecho de acceder efectivamente a la justicia y a vivir una vida libre de violencias, como consagra la Convención de Belém do Pará. De esta forma, no solo se busca saldar una deuda histórica con las mujeres, principales víctimas de las violencias basadas en género que suelen quedar en la impunidad y cuyos derechos han sido relegados de la esfera jurídica, sino, también, reconocer el rol social y transformador del Derecho, como herramienta de cambio hacia la igualdad en todas las áreas.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)