Votación secreta para congresistas no aplica cuando los partidos postulan candidatos: Corte Constitucional (3:00 p.m.)
31 de Enero de 2013
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Nota:
86206
La Corte Constitucional aclaró que la potestad de los congresistas para votar de manera secreta en las elecciones no procede cuando la ley o la Constitución obligan a los partidos a postular candidatos, En este caso, dice el alto tribunal, se debe acudir a la modalidad nominal y pública. Bajo esta salvedad, la alta corporación declaró exequible parte del artículo 3º de la Ley 1431 del 2011, que agrega el artículo 131 a la Ley 5ª de 1992, el cual advierte que no se permitirá la identificación del voto de los legisladores cuando deban hacer una elección. La Corte aclaró que se trata de una situación excepcional, ya que el artículo 108 de la Carta reconoce el régimen de bancadas y exige mecanismos que permitan verificar cómo votan los miembros de los partidos y movimientos políticos (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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