Violación a régimen de inhabilidades en contratación nunca estuvo cobijada por reducción de términos prescriptivos (12:38 p.m.)
04 de Noviembre de 2014
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Nota:
97976
La Corte Suprema sostuvo que las violaciones al régimen de inhabilidades en contratación cometidas antes de la entrada en vigencia de la Ley 906 del 2004 nunca estuvieron sometidas a la disminución de los términos de prescripción previstos en dicho Código Penal. Así, aunque el artículo 531 indicara que para las conductas ocurridas antes de la entrada en vigencia de esta nueva legislación penal se debía reducir a una cuarta parte la contabilización de los términos prescriptivos, el inciso 3º de la misma norma excluía de manera expresa este tipo de actuaciones. Además, recordó que la Sentencia C-1033 del 2006, por medio de la cual la Corte Constitucional declaró inexequible esta disposición, dio efectos retroactivos a la aplicación de esta disminución de términos para las conductas punibles cometidas antes de la vigencia del nuevo código. Así, teniendo en cuenta que el artículo 83 de la Ley 599 del 2000 impone un término prescriptivo equivalente al máximo de la pena a imponer, para el caso de la violación del régimen de inhabilidades del artículo 408 los términos bajo estas condiciones deben ser de 12 años (M. P. José Luis Barceló).
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