Violación de derechos políticos de ciudadanos permite suspender sanción a Petro: Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá (8:30 a. m.)
24 de Enero de 2014
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Nota:
94059
Al considerar que se violó el derecho a elegir y ser elegido y para proteger la garantía a interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y la ley (numerales 1º y 6º del artículo 40 Superior), el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá concedió el amparo exigido por casi 300 ciudadanos que interpusieron acciones de tutela contra la sanción que impuso la Procuraduría al alcalde Gustavo Petro. Una sala dual de la Sala Disciplinaria, integrada por las magistradas Paulina Canosa Suárez (sustanciadora) y Luz Helena Cristancho Acosta, ordenó suspender los efectos de la destitución e inhabilidad pública de 15 años que le impuso el Ministerio Público al burgomaestre, hasta que se decida una eventual acción de nulidad y restablecimiento del derecho que se interponga en contra de la determinación administrativa. La corporación aclaró que esta decisión provisional puede dejar de tener efectos si la Procuraduría, de oficio, revoca su decisión, en los términos que establecen los artículos 122 al 127 de la Ley 734 del 2002 o si el alcalde permite que se venzan los términos de ley sin interponer el señalado recurso. Cabe precisar que, en este caso, se unificaron las pretensiones del 326 tutelantes, algunos de los cuales carecían de legitimación para presentar la acción.
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