Vigilados por la Superpuertos tendrán hasta el 30 de junio para registrar la certificación de ingresos brutos (10:52 a.m.)
06 de Mayo de 2015
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Nota:
100754
Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación de registrar la información y dado que se han presentado algunas intermitencias en los sistemas, la Superintendencia de Puertos y Transporte (Superpuertos) amplió el plazo previsto en la Circular Externa 0006 del 2015 hasta el día 30 de junio. Con dicha norma, la Superpuertos solicitó a sus vigilados registrar la certificación de ingresos brutos correspondiente al año 2014. Los ingresos brutos certificados, derivados de la actividad de transporte, infraestructura, servicios conexos y complementarios que perciba el supervisado, en el periodo comprendido entre el 1° de enero al 31 de diciembre del 2014, son la base para la autoliquidación de la tasa de vigilancia vigencia 2015; por consiguiente, la Superpuertos señaló que deben ser fidedignos y reflejar el resultado económico de la actividad supervisada por esta entidad.
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