Unifican jurisprudencia sobre desconocimiento del deber de motivar actos administrativos de retiro de empleados vinculados en provisionalidad en cargos de carrera (10:06 a.m.)
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11 de Febrero de 2015
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En sentencia de unificación, la Corte Constitucional reiteró que la Ley 904 del 2004 señala que desconocer el deber de motivar los actos administrativos de retiro de empleados públicos vinculados en provisionalidad en cargos de carrera constituye un vicio de nulidad. En su opinión, a este tipo de funcionarios no les asiste el derecho de estabilidad típico de quien accede por concurso de méritos, pero ello no se desprende una equivalencia a un cargo de libre nombramiento y remoción, pues la vacancia no cambia la naturaleza del cargo. Entre las posibles razones que sirven para motivar este tipo de decisiones administrativas están las situaciones relacionadas con el servicio prestado o el nombramiento en propiedad del cargo, agregó. Cuando se desvincula sin motivación, al entidad desconoce el principio de igualdad, el mérito en el acceso a la función pública, el derecho al debido proceso y la estabilidad laboral relativa, por lo tanto se genera nulidad del acto, la obligación de reintegro y el pago de salarios y prestaciones sociales dejados de percibir. Luis Ernesto Vargas Silva y María Victoria Calle presentaron aclaraciones de voto (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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