Transporte de flores se exceptúa de restricciones al transporte de carga, en Bogotá (10:30 a.m.)
21 de Enero de 2014
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Nota:
94156
Mediante Decreto 690 del pasado 31 de diciembre, la Alcaldía de Bogotá modificó el Decreto 520 del 2013, que estableció restricciones y condiciones para el tránsito de vehículos de transporte de carga en área urbana, en el sentido de excluir a los vehículos de carga que transporten flores de la restricción prevista para las zonas 2 y 3, teniendo en cuenta que se trata de un producto perecedero, cuyo tiempo de transporte debe disminuirse al máximo. Así mismo, la norma establece un cambio en el horario de la restricción, el cual será de lunes a viernes entre las 6:30 a.m. y las 8:30 a.m. y entre las 5:00 p.m. y las 7:30 p.m. La aplicación de comparendos pedagógicos irá hasta el próximo 30 de enero.
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