15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 16 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Transporte de equipaje en la parte superior o parrilla de los vehículos de servicio público está permitido (11:08 a.m.)

11 de Noviembre de 2010

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Nota:
70024
De acuerdo con lo previsto en el artículo 87 de la Ley 769 del 2002 (Código de Tránsito), llevar equipaje en la parte superior o parrilla de un vehículo de servicio público no es infracción. La norma se refiere expresamente a la prohibición de llevar objetos y animales que puedan atentar contra la integridad física de los pasajeros, salvo que se trate de perros lazarillos. Así lo precisó el Ministerio de Transporte, en reciente oficio.

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