Trámite de cambio de servicio de un vehículo se realiza por el propietario, sin pago de tramitadores (7:20 a.m.)
29 de Enero de 2018
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Nota:
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Frente a una consulta sobre la obligación de pagar a un tramitador para obtener una autorización de cambio de servicio de un vehículo por parte de la financiera en donde se tiene una prenda, el Ministerio de Transporte precisó que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.1.6.15.4 del Decreto 1079 del 2015, único reglamentario del sector Transporte, sobre cambio de servicio, corresponde al propietario realizar todos los trámites, por lo que no está obligado a pagar a tramitador alguno. De otra parte, indicó que no hay disposición que prevea que la autoridad de tránsito deba requerir al propietario autorización emitida por la entidad financiera que tiene la prenda del vehículo. No obstante, es necesario cumplir las obligaciones pactadas en el contrato suscrito con la entidad financiera.
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