Reglamentarían condiciones mínimas que debe tener la infraestructura de sistemas de metro ligero, tren ligero y tranvía (11:34 a.m.)
25 de Septiembre de 2017
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Nota:
57158
El Ministerio de Transporte somete a consulta el proyecto de resolución que tiene por objeto reglamentar las condiciones mínimas que debe tener la infraestructura de sistemas de metro ligero, tren ligero, tranvía y tren-tram, específicamente en cuanto a trazado de la vía, plataforma, cruces de peatones, intersecciones, señalización, paradas y estaciones. Por ejemplo, las estaciones tendrían que ser construcciones independientes y aisladas de la calle. Estarían constituidas por un conjunto de instalaciones y servicios preparados para realizar las principales operaciones de transporte férreo de pasajeros. El diseño de las estaciones debería tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1538 del 2005, reglamentario de la Ley 361 de 1997, relacionado con el diseño, construcción, ampliación, modificación y, en general, cualquier intervención y ocupación de vías públicas, mobiliario urbano y demás espacios de uso público. El texto estará disponible para consulta en el sitio web de Mintransporte hasta el 9 de octubre del 2017, los comentarios serán recibidos a través del correo: eledesma@mintransporte.gov.co.
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