12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 15 minutes | ISSN: 2805-6396

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No es cierto que Mintransporte expedirá decreto para prohibir expedición del Soat a vehículos matriculados antes de 1970 (8:00 a.m.)

26 de Octubre de 2016

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Nota:
122922
A través de un comunicado, el Ministerio de Transporte informó a la ciudadanía que el seguro obligatorio de accidentes de tránsito (Soat) es un seguro que, como su nombre lo indica, es obligatorio para todos los vehículos que circulen en Colombia, públicos o particulares. Es un requisito indispensable para poder circular por el país de conformidad con lo señalado en el artículo 42, Ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito). Cualquier modificación a este mandato legal tiene que ser a través de una ley, precisó la cartera. Por tanto, agregó, no es cierto el mensaje que circula en redes sociales señalando que el ministerio está trabajando en un decreto o resolución para prohibir la expedición del Soat a vehículos matriculados con anterioridad a 1970.

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