Este es el procedimiento para expedir la planilla única de viaje ocasional para vehículos de servicio público de transporte terrestre (3:11 p.m.)
10 de Octubre de 2016
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Nota:
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Con la Resolución 4171, el Gobierno reglamentó el procedimiento para la expedición de la planilla única de viaje ocasional para los vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros, pasajeros por carretera y mixto en vehículos, camioneta, camperos y bus escalera. Para la realización de viajes ocasionales, el Ministerio de Transporte suministrará, a través de las direcciones territoriales, la planilla única, para tal efecto deberá atenderse el siguiente procedimiento: a) La empresa deberá presentar solicitud escrita a la dirección territorial respectiva, relacionando los vehículos y número de planillas requeridas por cada uno de ellos; b) dicha instancia procederá a hacer el estudio de la solicitud en los términos de ley y expedirá mensualmente a la empresa hasta tres planillas de viaje ocasional por vehículo y c) las planillas serán entregadas a las empresas debidamente habilitadas, para que asumiendo la responsabilidad integral del transporte que se realice con ellas las suministre a los vehículos vinculados. El procedimiento de expedición continuará haciéndose de forma manual, hasta tanto el ministerio implemente un sistema que permita la expedición, control y registro en línea y tiempo real directamente por las empresas de transporte.
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