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Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Establecen procedimientos y requisitos para adelantar trámites ante los organismos de tránsito (9:47 a.m.)

10 de Enero de 2013

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Nota:
85725
El Ministerio de Transporte definió los procedimientos y requisitos necesarios para adelantar los trámites asociados al registro nacional automotor, registro de remolques y semirremolques y al registro nacional de conductores ante los organismos de tránsito por parte de los usuarios. La norma señala que para realizar dichos trámites es requisito indispensable que las personas naturales o jurídicas se encuentren debidamente inscritas en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), proceso que se debe hacer ante cualquier organismo de tránsito o dirección territorial del ministerio, sin ningún costo. Además, indicó que quienes residan en el extranjero podrán adelantarlo a través de un tercero mediante contrato de mandato. Así mismo, adoptó el formato único de solicitud de trámite para la realización de diligencias asociadas al registro nacional automotor y registro nacional de remolques y semirremolques. La nueva disposición deroga la Resolución 4775 del 2009, excepto los artículos 83 al 90 y 141 al 144.

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