Esta es la regulación para el transporte de pasajeros por metro ligero, tren ligero, tranvía y tren (4:34 p. m.)
20 de Mayo de 2015
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Nota:
101372
El Ministerio de Transporte reglamentó la prestación del servicio de transporte masivo de pasajeros por metro ligero, tren ligero, tranvía y tren-tram. Así mismo, estableció los requisitos que deben cumplir las empresas interesadas en la habilitación en esta modalidad, quienes deberán operar de manera eficiente, segura, oportuna y económica, cumpliendo los principios rectores del transporte. Este sistema debe estar articulado con todos los actores que intervienen en los demás modos de transporte público de pasajeros, como también con las instituciones o entidades creadas para la planeación, organización, control, construcción de la infraestructura requerida para la accesibilidad, circulación y recaudo del sistema. Entonces, la integración deberá realizarse bajo una o varias de las siguientes modalidades: operativa, física y de recaudo. Sobre la habilitación para prestar el servicio, el ministerio indicó que será expedida por parte de la autoridad de transporte constituida para el efecto por el ente territorial o administrativo correspondiente y debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte. En ese mismo sentido, la norma regula los requisitos tanto financieros como técnicos para obtener dicha habilitación. Esta autorización será indefinida mientras subsistan las condiciones exigidas y acreditadas para su otorgamiento en cuanto al cumplimiento de los requisitos establecidos por las disposiciones pertinentes.
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