Crear un plan de beneficios para empleados que implique la renuncia a la convención colectiva supone mala fe del empleador (4:15 p. m.)
27 de Mayo de 2015
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Nota:
101252
Así juzgó la Corte Constitucional el acceso a un plan voluntario de beneficios (PVB) para aviadores y auxiliares de vuelo de Avianca, que estaba condicionado a quienes lo suscribieran integralmente a que debían renunciar a beneficios de la convención colectiva, cuya renovación se encontraba precisamente en discusión. Para la Sala, la mala fe de la empleadora se evidencia en el hecho de que haya aprovechado este escenario de incertidumbre frente a la continuidad de los beneficios de la convención, para provocar la renuncia a ese pacto. Lo anterior, dice, porque se trataba de personas que derivaban su subsistencia de los ingresos provenientes de su empleo, que debían optar entre el pago de las prestaciones que les ofrecía el PVB y el mantenimiento de sus derechos sindicales. Al concluir que fue una actuación violatoria de los derechos de los trabajadores, que provocó una deserción en el sindicato, la Corte ordenó a Avianca posibilitar, con efectos inter comunis, el retorno al pacto de quienes renunciaron a la asociación sindical para integrar el PVB y extender los beneficios de este último a quienes decidieron permanecer sindicalizados y seguir acogiéndose a las garantías suscritas en la convención. Finalmente, previno a la accionada para que se abstenga de establecer planes de beneficios destinados a desestimular la actividad sindical.
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